Recomendaciones de Aduana para viajeros internacionales en Acción de Gracias y Navidad

Un agente de Aduana en medio del proceso de revisión durante la llegada de pasajeros internacionales (Suministrada CBP)

Un agente de Aduana en medio del proceso de revisión durante la llegada de pasajeros internacionales (Suministrada CBP)

SAN JUAN: El Día de Acción de Gracias marca el comienzo de una intensa temporada de viajes, hacia destinos domésticos e internacionales, cuya duración se estima en 12 días y un flujo de sobre 27.3 millones de pasajeros.

Como preparación para los días pico de la temporada, el Negociado de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP, por sus siglas en inglés) emite un aviso para orientar al público de las regulaciones que deben conocer cuando regresen a un aeropuerto en Estados Unidos.

Los oficiales de CBP tienen la responsabilidad de inspeccionar pasajeros, equipaje y mercancías en los aeropuertos y puertos en cumplimiento con el ordenamiento federal de inmigración, aduanas y agricultura, sin necesidad de obtener una orden de registro por un tribunal.

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“Los viajeros pueden mejorar su propia experiencia al estar preparados y conscientes de los requisitos a la hora de entrar a Estados Unidos y sus territorios”, indicó en declaraciones escritas Marcelino Borges, director de Operaciones de Campo de CBP en Puerto Rico e Islas Vírgenes.

Los turistas, ciudadanos estadounidenses y residentes legales pueden tomar medidas adicionales para afinar su proceso de llegada, familiarizándose con las reglas y regulaciones de Estados Unidos antes de partir para evitar posibles sanciones y multas a su regreso.

A su llegada a un puerto de entrada, los viajeros deben declarar lo siguiente:

  • Los productos que se compran y se están transportando a su regreso a los Estados Unidos.
  • Los productos comprados en tiendas libres de impuestos en aeropuertos, en el barco, o en el avión.
  • Cualquier reparación o modificación a un artículo de valor que se adquirió en el extranjero y luego son traídos de vuelta, incluso si las reparaciones / alteraciones se llevaron a cabo de forma gratuita.
  • Los productos que se trajeron a casa para regalo a otra persona.
  • Los artículos que tienen la intención de vender o utilizar en su negocio, incluyendo la mercancía de negocio que usted sacó de los Estados Unidos para su viaje.

Requisitos para Visitantes a Estados Unidos

Se requiere que todos los ciudadanos cuyo país es parte del Programa de Exención de Visa (VWP, por sus siglas en inglés) que tramiten su autorización de entrada a través del Sistema Electrónico de Autorización de Viaje (ESTA, por sus siglas en inglés) antes de embarcarse para viajar por aire o por mar a los EE.UU. bajo el VWP. Las solicitud de ESTA se pueden realizar en cualquier momento antes del viaje, y una vez aprobado tendrá una vigencia de hasta dos años o hasta que el pasaporte del solicitante expire, lo que suceda primero. Las autorizaciones serán válidas para múltiples entradas a los Estados Unidos. CBP recomienda que las solicitudes ESTA se tramiten tan pronto como el solicitante comience a hacer sus planes de viaje.

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Para obtener información adicional sobre los requisitos de documentación, se puede visitar: http://www.cbp.gov/travel/us-citizens/western-hemisphere-travel-initiative

Lista de Cotejo para viaje internacional

Declare todo lo que este trayendo del extranjero y el precio pagado por éstos, incluso si lo compró en una tienda libre de derechos arancelarios (Duty Free). Esta mercancía está sujeta a impuestos y otras restricciones en los Estados Unidos.

  • Sea cauteloso cuando compre cualquier cosa de vendedores ambulantes. Tenga cuenta que la mercancía podría ser falsificada o poco segura, y que cabe la posibilidad de que Aduanas y Protección Fronteriza decomise la misma a su regreso. Conozca la diferencia entre mercancía prohibida (como marfil, productos de carey, hierbas medicinales y artículos falsificados) y mercancía restringida.
  • Si viaja a Cuba conozca los cambios respecto a los productos de uso personal que podría traer.
  • Tenga en cuenta que los artículos que compra en el extranjero para regalo o uso personal cumplen con los requisitos para la exoneración de aranceles. Si los está trayendo para re-venta, no están exonerados.
  • Usted puede entrar o salir de territorio estadounidense con cualquier cantidad de divisas (dólares, euros o pesos dominicanos). Sin embargo, tiene que informar la cantidad en su posesión que en su totalidad ascienda a 10 mil dólares o más, mediante el formulario FinCen 105 (Currency Reporting Form). Las penalidades por no cumplir con esta regulación son severas.
  • Tenga en cuenta que muchos medicamentos fabricados en el extranjero no están aprobados por la Administración de Drogas y Alimentos (FDA, por sus siglas en inglés) y no puede ingresarlos en Estados Unidos. Además, cuando viaje al extranjero, lleve consigo solamente la cantidad necesaria de medicamentos para la duración del viaje.
  • No traiga ningún alimento a Estados Unidos sin verificar primero si está permitido. Por ejemplo, algunos productos derivados de la carne de cerdo o aves están prohibidos, como por ejemplo el salami, huevos, etc. Además, algunos productos para aves, caballos, ya sean para uso personal o comercial, pueden estar restringidos o prohibidos (antibióticos). Se recomienda que antes de traer cualquier producto agrícola, verifique que éste esté permitido.
  • Comprenda que los oficiales de CBP pueden inspeccionarle a usted y sus pertenencias sin una orden de registro de acuerdo con el ordenamiento federal vigente. Esto puede incluir su equipaje, vehículo y persona.
  • Antes de viajar, lea el folleto, Know Before You Go (lo que debe saber antes de viajar). Se puede pedir copias impresas en línea o ver la versión de Internet en http://www.cbp.gov/ y bajo la sección titulada Travel.