Alegan que NO eran los asaltantes: Detienen anoche en Cabo Rojo a tres con máscaras de payasos

La intervención se produjo en Cabo Rojo (Archivo).

La intervención se produjo en Cabo Rojo (Archivo).

CABO ROJO: En el cuartel de la Policía caborrojeño detuvieron el jueves en la noche a tres personas, que fueron vistas ocultando sus rostros con máscaras de payasos, en las inmediaciones de la urbanización Jardines del Puerto en esta municipalidad.

Según supo LA CALLE Digital, tan pronto los vieron, vecinos de esa comunidad llamaron a las autoridades, iniciándose una persecución que culminó frente a la farmacia Walgreens de Cabo Rojo, donde fueron detenidos.

Preliminarmente se indicó que supuestamente se trató de dos mujeres y un individuo, que viajaban en un vehículo gris.

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Éstos fueron trasladados a la dependencia policiaca local, hasta donde llegaron agentes de la División de Robos de Mayagüez, que están a cargo de las investigaciones de por lo menos tres robos que habían sido perpetrados desde el fin de semana pasado en negocios de Hormigueros, Mayagüez y San Germán por individuos que usaban máscaras de payasos para ocultar sus identidades.

No obstante, un agente que conversó con LA CALLE Digital indicó que no se trataba de los asaltantes, y si de unas personas que estaban haciendo “una broma de mal gusto”.

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A pesar de eso, estas personas, que no habían sido identificadas estaban detenidas en el cuartel al momento de la comunicación de nuestro medio.

Ante el revuelo que han causado las fechorías de la llamada “Ganga de los Payasos” en esta región, no se descarta que personas inescrupulosas se aprovechen para hacer bromas pesadas.

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Aparte de los cargos de robo e infracciones a la Ley de Armas que enfrentan los miembros de esta pandilla, el Artículo 248 del Código Penal del 2012 establece como delito el “Uso de disfraz en la comisión de delito”.

El mismo reza textualmente: “Incurrirá en delito menos grave, toda persona que utilice una máscara o careta, postizo o maquillaje, tinte, o cualquier otro disfraz, completo o parcial, que altere de cualquier forma temporera o permanentemente su apariencia física con el propósito de:

(a) Evitar que se le descubra, reconozca o identifique en la comisión de algún delito.

(b) Ocultarse, evitar ser arrestado, fugarse o escaparse al ser denunciado, procesado o sentenciado de algún delito.

(c) Adentrarse o encontrarse y alterar o intervenir con las actividades ordinarias en una instalación pública educativa, en una instalación de salud o en el interior de edificios de gobierno.

Será sancionada con pena de reclusión por un término fijo de tres (3) años, cuando el delito cometido o intentado fuera de naturaleza grave”.