Ya pueden casar… Ahora buscan que los notarios divorcien

Deponentes durante la vista de la Comisión de lo Jurídico de la Cámara (Suministrada/Prensa Cámara de Representantes).

Deponentes durante la vista de la Comisión de lo Jurídico de la Cámara (Suministrada/Prensa Cámara de Representantes).

SAN JUAN: La Comisión de lo Jurídico de la Cámara, que preside la representante María Milagros Charbonier, comenzó el análisis del Proyecto de la Cámara 378, que enmienda el “Código Civil de Puerto Rico de 1930”, para que un notario pueda conceder el divorcio por consentimiento mutuo.

Durante los trabajos, el presidente del Colegio de Abogados, licenciado Alejandro Torres Rivera, manifestó su apoyo a la iniciativa del representante José Enrique Meléndez Ortiz ya que “puede contribuir a la descongestión de los casos que se ventilan ante el Tribunal de Primera Instancia”.

Señaló que el divorcio mediante un notario sería viable si no se dan circunstancias tales como pensión alimentaria, bienes en cuantía considerables, hijos procreados en el matrimonio y que alguno de ellos sea discapacitado. Esta posición fue avalada por el presidente del Colegio de Notarios de Puerto Rico, el notario William González Rosario.

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Por su parte, la licenciada Carla Rivera, en representación del Departamento de Justicia, indicó estar de acuerdo con la medida y secundó la posición del Colegio de Abogados, de que se excluya de este remedio, los casos de matrimonios en que existan hijos menores o incapacitados, ya que es necesario que los tribunales salvaguarden las necesidades de los menores.

Asimismo, el licenciado Alejandro Figueroa, de la Corporación de Servicios Legales, sugirió que en la escritura se estipule los derechos que cobijan a los menores y las advertencias que el documento debe tener en cuanto a la repartición de los bienes adquiridos en conjunto, de modo que se evite el más mínimo rasgo de controversia. De igual forma, la licenciada Charlene Rivera Agosto, en representación del Departamento de la Familia, favoreció el proyecto y sus recomendaciones.

De otra parte, la directora del Registro Demográfico, Wanda Llovet Díaz, acogió el proyecto, a la vez que recomendó que se incluya lenguaje en el que se establezca que la notificación del divorcio sea enviado directamente, mediante correo electrónico, a la dirección de esta agencia y que la misma sea luego de 30 días de que se disuelva el vínculo matrimonial.

Por su parte, tanto la representante Charbonier, como el representante Meléndez, indicaron que pretenden ampliar las herramientas que pueden utilizar las parejas que desean divorciarse por consentimiento mutuo, de modo que, se pueda agilizar el trabajo en los tribunales y se pueda resolver el asunto en la privacidad de una oficina notarial.

“Esto no quita que si una pareja desea divorciarse en el Tribunal, lo pueda hacer. Esto lo que le da es una alternativa adicional a las personas que no tienen controversias mayores en cuanto a sus bienes y la custodia de los hijos, para que un notario, quien no es un juez, sino un funcionario que recoge el acuerdo entre las partes, pueda emitir un documento en el que se establece dichos entendidos”, dijo Meléndez Ortiz.