11 años preso en la Federal depredador sexual infantil de Mayagüez

MAYAGÜEZ: El juez federal Gustavo Gelpí sentenció el miércoles a Rubén Darío Báez Aponte, vecino de la Sultana del Oeste, a cumplir 11 años y tres meses en la cárcel y otros 20 años en libertad supervisada, tras declararse culpable de coaccionar e incitar a un niño para que se involucrara en una conducta sexualmente explícita.

La determinación fue anunciada por la fiscal federal Rosa Emilia Rodríguez.

Báez Aponte fue arrestado en Mayagüez el 26 de octubre del 2018; y se declaró culpable el 23 de abril de este año.

Según el acuerdo para declararse culpable, entre los meses de mayo y agosto del año pasado, Báez Aponte usó la aplicación para teléfonos inteligentes Facebook Messenger para comunicarse con un niño de 12 años de edad, al que persuadió, indujo y coaccionó para que se involucrara en una conducta sexualmente explícita.

El ahora convicto le pidió fotos sexualmente explícitas al niño, y le envió fotos de su miembro viril al menor. Esta conducta ocurrió al menos en cuatro ocasiones en la casa del sujeto.

“Esta sentencia debe servir para asegurarle al público que estamos prestando especial atención al bienestar de nuestros niños al sacar de las calles a los depredadores sexuales. Todos depredadores sexuales de niños tienen que pagar por los abominables crímenes que cometen y el daño que le causan a las víctimas y sus familias”, apuntó la fiscal Rodríguez.

Homeland Security llevó a cabo la pesquisa, mientras que la fiscal federal auxiliar Cristina Caraballo.

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Circula comunicado de prensa para «curarse en salud»… Desacato y multa contra Alcalde de Cabo Rojo en pleito Testigos de Jehová

En el recuadro, el alcalde de Cabo Rojo, Roberto Ramírez Kurtz, multado por desacato por el juez federal Gustavo Gelpí.

En el recuadro, el alcalde de Cabo Rojo, Roberto Ramírez Kurtz, multado por desacato por el juez federal Gustavo Gelpí.

CABO ROJO: El lunes circuló con “bombos y platillos” un comunicado de prensa asegurando que su administración había cumplido con la orden de darle acceso a los miembros de la congregación Testigos de Jehová, cuando en realidad el alcalde caborrojeño Roberto Ramírez Kurtz, fue encontrado incurso en desacato el martes por el juez federal Gustavo Gelpí, imponiéndole una multa de $2,500.

¿La razón de la multa? El juez Gelpí dijo que el alcalde Ramírez y el Municipio han “incumplido repetidamente” sus órdenes para proveerles acceso a los Testigos de Jehová en urbanizaciones de acceso controlado.

Tras escuchar a los demandantes y al municipio de Cabo Rojo, la corte encuentra al alcalde Roberto Ramírez Kurtz, en su capacidad oficial como alcalde de Cabo Rojo y al municipio en desacato civil”, indican informes de prensa que expresa la orden del magistrado Gelpí, que dispone que el dinero de la multa debe ser depositados en la Corte Federal en los próximos 45 días.

El desacato y la multa contra el alcalde Ramírez Kurtz se produjo luego de que éste “no se asomó” a una vista que tuvo lugar en el Tribunal Federal del Viejo San Juan.

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Por un lado, el abogado del alcalde, licenciado Emil Rodríguez Escudero, dijo en corte abierta que hay una urbanización de acceso controlado, que se niega a dejar entrar a los Testigos de Jehová; mientras que los miembros de la congregación le dijeron al juez Gelpí que el Municipio de Cabo Rojo ha incumplido las órdenes de abrir los portones por la fuerza en las urbanizaciones que impidan su entrada.

El juez Gelpí le ordenó al Municipio de Cabo Rojo informar sobre el cumplimiento de su orden no más tarde del mediodía de este viernes 3 de marzo, por lo que si el alcalde Ramírez Kurtz incumple de nuevo, el desacato civil se convertirá desacato criminal y se ordenará el arresto del incumbente del Partido Popular Democrático.

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El lunes, el Municipio de Cabo Rojo circuló a los medios un comunicado de prensa proclamando que el alcalde Ramírez Kurtz “cumplió con la exigencia de los Testigos de Jehová, en una vista efectuada en la sala del juez federal Gelpí, en el Tribunal Federal, indicando que “ha dado fiel cumplimiento a su orden”, entregando a la Congregación los aditamentos electrónicos y llaves que le permite entrar a las últimas 16 urbanizaciones cerradas de Cabo Rojo a las cuales no tenían acceso. Anteriormente, la administración municipal había cumplido dicha petición para unas 35 comunidades cerradas adicionales en su jurisdicción”, alegando que cumplió con la orden judicial de interdicto permanente emitida por el juez Gelpí el 20 de julio pasado mediante la aprobación de la Ordenanza Municipal 10, Serie 2016-2017, lo que resultó no ser cierto.

Municipio de Cabo Rojo obedece orden que permite que Testigos de Jehová entren a urbanizaciones de acceso controlado

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CABO ROJO: Los congregación Testigos de Jehová, que en marzo del 2013 lograron que el juez federal Gustavo Gelpí ordenara que se les diera acceso a éstos a urbanizaciones de acceso controlado en el área metropolitana, volvieron a recurrir a ese foro en febrero del pasado año, para que la orden incluya otros municipios de la isla, particularmente a Mayagüez y otros pueblos de la parte occidental de la Isla que no formaban parte del grupo original que figuraba en la demanda.

El reclamo incluía a Aguada, Añasco, Cabo Rojo, Guánica, Hormigueros, Isabela, Mayagüez, San Germán y Yauco. Otros pueblos localizados en otras regiones de Puerto Rico fueron incluidos para que se les ordene concederle paso a los Testigos de Jehová a las urbanizaciones con control de acceso para que puedan predicar “casa por casa”.

El lunes en la tarde, el alcalde de Cabo Rojo, Roberto Ramírez Kurtz cumplió con la exigencia de los Testigos de Jehová, en una vista efectuada en la sala del juez federal Gelpí, en el Tribunal Federal de Hato Rey, indicando que “ha dado fiel cumplimiento a su orden, entregando a la Congregación los aditamentos electrónicos y llaves que le permite entrar a las últimas 16 urbanizaciones cerradas de Cabo Rojo a las cuales no tenían acceso. Anteriormente, la administración municipal había cumplido dicha petición para unas 35 comunidades cerradas adicionales en su jurisdicción”.

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En un comunicado de prensa se dijo que el Municipio de Cabo Rojo cumplió con la orden judicial de interdicto permanente emitida por el juez Gelpí el 20 de julio pasado mediante la aprobación de la Ordenanza Municipal 10, Serie 2016-2017.

Se indicó que la ordenanza, firmada por Ramírez Kurtz el 20 de septiembre de 2016, le ordena a la Policía Municipal garantizar el acceso de toda persona o grupo de personas que interese ejercer su libertad de expresión en calles y aceras de urbanizaciones con acceso controlado, instruyéndosele que cualquier persona que se rehúse a obedecer una directriz para garantizar acceso, será procesada ante los tribunales de justicia por obstrucción a la justicia.

Toda queja recibida por algún ciudadano sobre la denegación de acceso a una urbanización con acceso controlado, deberá ser atendida dentro de los 30 minutos a partir de recibida la querella y/o solicitud de auxilio.

La ordenanza le impone a “cualquier urbanización de control de acceso, que mediante la acción y/u omisión de sus residentes, empleados, agentes o administradores, le negase acceso a personas y/o entidades que interesan hacer valer los derechos reconocidos por el Tribunal, será sancionada con multa de $500.00 para una primera violación, de $1,000.00 para una segunda violación; y en caso de incurrirse en una tercera violación, con la cancelación del permiso de control de acceso otorgado por el Municipio, lo cual significará que la urbanización vendrá obligada a remover los portones de entrada o a mantenerlos abiertos al tránsito vehicular y peatonal, las 24 horas del día, los 7 días de la semana”.

En su comunicación, el alcalde Ramírez Kurtz agregó que “el Gobierno Municipal ha constatado que copia de la Ordenanza y del interdicto del Tribunal ha sido entregado al representante autorizado de cada urbanización con control de acceso, así como a todo desarrollador de nuevas urbanizaciones con control de acceso que puedan construirse en el futuro. A estos últimos se la apercibe que es su obligación, so pena de revocación de los endosos municipales al proyecto, incluir medidas para garantizar el libre ejercicio de la libertad de expresión como parte de la escritura de servidumbres en equidad”.

Nota de redacción: Cabe aclarar que a pesar de que la orden obliga a las urbanizaciones de control de acceso a abrir los portones, en este caso a los Testigos de Jehová, la prerrogativa de abrirles la puerta de su casa y recibirlos en sus hogares es de los residentes, por lo que para eso en particular, no pueden ser obligados.

Testigos de Jehová «ponen en la mira» urbanizaciones con acceso controlado de Mayagüez y otros pueblos del Oeste

La agrupación religiosa Testigos de Jehová volvió de nuevo al Tribunal (Archivo).

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MAYAGÜEZ: Los Testigos de Jehová, que en marzo del 2013 lograron que el juez federal Gustavo Gelpí ordenara que se les diera acceso a éstos a urbanizaciones de acceso controlado en el área metropolitana, volvieron a recurrir a ese foro para que la orden incluya otros municipios de la isla, particularmente a la Sultana del Oeste y otros pueblos de la parte occidental de la Isla que no estaban incluidos en el grupo original que figuraba en la demanda.

El nuevo reclamo incluye a Aguada, Añasco, Cabo Rojo, Guánica, Hormigueros, Isabela, Mayagüez, San Germán y Yauco. Otros pueblos localizados en otras regiones de Puerto Rico fueron incluidos para que se les ordene concederle paso a los Testigos de Jehová a las urbanizaciones con control de acceso para que puedan predicar “casa por casa”.01-10-16 aquaviva domingos bbq

El recurso fue sometido en el Tribunal Federal de Hato Rey, a través de un interdicto y una petición de resolución expedita, por lo que pidieron una vista antes del próximo 27 de febrero.

Alega la entidad religiosa que los pueblos que no estaban incluidos en la demanda original se han rehusado a “cumplir voluntariamente” con la orden del juez Gelpí, que se limitó a los municipios nombrados en el primer recurso (Bayamón, Caguas, Dorado, Gurabo, Guaynabo, Trujillo Alto, Santa Isabel, San Juan, Vega Baja y Ponce).

Los Testigos de Jehová alegan que el impedirles la entrada en las urbanizaciones con control de acceso, viola su libertad de expresión.

El Tribunal Federal decidió sobre la base de que las calles son públicas y que las asociaciones de residentes tenían que proveerles los medios para entrar sin ninguna restricción a sus comunidades. El grupo exige que se les permita la entrada de sus vehículos y que no se les pueda prohibir tocar en las puertas de las residencias.

La opción de atenderlos o no, queda a discreción de los residentes.

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Culpable médico de Quebradillas por fraude federal a aseguradora AFLAC en el Oeste

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El doctor Pagán Romero enfrenta hasta 20 años de prisión.

SAN JUAN: Un médico generalista con consultorio en Quebradillas, fue encontrado culpable por 82 cargos federales de conspiración y fraude postal, como parte de un esquema para defraudar a la aseguradora American Life Assurance Company of Columbus, mejor conocida como “AFLAC”.

El doctor Aníbal Pagán Romero fue puesto bajo arresto de inmediato y encarcelado en lo que se lleva a cabo la vista de lectura de sentencia, señalada para el 19 de enero de 2016.

La convicción del doctor Pagán Romero es el resultado de una amplia pesquisa de agentes del Negociado Federal de Investigación (FBI, por sus siglas en inglés) sobre el esquema fraudulento contra AFLAC en la región oeste de Puerto Rico, que produjo el arresto y procesamiento de cientos de personas en esta parte de la Isla. La Fiscalía de Distrito Federal de Puerto Rico llevó el peso de la prueba.

Pagán Romero enfrentaba 21 acusaciones por conspiración y 61 acusaciones individuales por fraude postal.aquaviva nuevo weekends

El médico fue acusado junto a 35 de sus pacientes por firmar de forma fraudulenta las formas de reclamación de seguros por accidentes de AFLAC, sin examinar a éstos. La evidencia presentada en el juicio reveló que entre el 2004 y el 2009, provocó cerca de $2 millones en pérdidas a AFLAC como resultado de los documentos firmados a esos pacientes, y un total de $6 millones producto de todos los documentos firmados por el galeno.

Los 35 pacientes que habían sido acusados junto al doctor Pagán Romero se declararon culpables antes de que el juicio comenzara formalmente.

Durante el juicio, que duró tres semanas en la sala del juez Gustavo Gelpí, tres empleados y cuatro pacientes del doctor Pagán testificaron que él personalmente les dio instrucciones para someter los documentos con su firma, sin que se examinara a los pacientes.

El esquema resultó ser tan lucrativo, que el doctor Pagán Romero se vio en la necesidad de reclutar dos empleados para trabajar en la entrada de datos, de manera que se generaran miles de reclamaciones para ser sometidas para reembolso bajo su firma.

El esquema le produjo personalmente al médico unos $975 mil, ya que cobraba $10 por cada reclamación que firmaba.

El doctor Pagán Romero enfrenta hasta 20 años de cárcel.

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