Preretiro de Empleados Públicos: Oferta tentadora o una riesgosa oportunidad de escape

capitolioPor: Iván Vargas Muñiz, líder obrero del Oeste y miembro de la UIA-AAA

Ya la Cámara de Representantes y el Senado de Puerto Rico aprobaron el Proyecto de la Cámara 2717 el cual tiene la intención de ofrecerle a los empleados públicos unos «incentivos» para que se acojan a un Programa de Preretiro Voluntario y cuyo fin principal es que los empleados que más salarios reciben en el gobierno por sus años de servicio, salgan del gobierno.

Ya muchos empleados públicos han estado observando con detenimiento este proyecto, por el la promoción que internamente se le ha dado. De hecho, no todos los empleados públicos cualifican para acogerse a este programa.  Solo los que empezaron a cotizar para Retiro antes del 1 de abril de 1990 o aquellos que, aunque empezaron a cotizar más tarde, pagaron el retroactivo de las aportaciones hasta una fecha anterior a abril de 1990 y en ambos casos que sean menores de 61 años de edad.

Además tienen que llevar más de 20 años cotizando bajo la estructura de la Ley 447 de los Sistemas de Retiro.

Obviamente el legislador introdujo un leguaje atractivo al empleado, con el fin de lograr que la mayoría, sino todos, se acojan al programa y tener así una reducción sustancial en el pago de nómina.

En la versión de la Cámara, le ofrecen el 60 por ciento de su sueldo de carrera al momento de acogerse al dicha Ley hasta que cumpla 61 años de edad, que este ingreso estará libre de contribuciones. Mientras que el Senado contempla un 60 por ciento a los policías y un 50 por ciento a los empleados públicos.bbq dias en semana

También se ofrece el pago de liquidaciones de licencias de vacaciones y enfermedad, también exenta del pago de contribuciones. Dos años de aportación patronal al plan médico o lo que indique el convenio colectivo,  reglamentos u otros, según sea el caso,  el pago del 100 por ciento de aportación a Retiro mientras este bajo esta Ley, así como el pago del 100 por ciento de la aportación al Seguro Social, entre otras misas sueltas.

Suena bien, ¿Verdad? Pues sí, suena muy bien, demasiado bien diría yo. Pero, ¿Está esto garantizado o escrito en piedra como diría Bathia? Pues, yo no soy abogado ni nada que se parezca, por lo tanto no voy a aventurarme a dar una opinión sin fundamento legal, aunque obviamente tengo mi opinión formada.

Sin embargo, tomando en cuenta la situación económica de gran parte de los empleados públicos,  que prácticamente vivimos cheque a cheque, quincena a quincena, me preocupa que esta «oferta» que se ha legislado se convierta en una riesgosa oportunidad de escape que lleve al empleado público a una situación precaria situación económica que le traiga consecuencias peores a las que tengan al momento de acogerse a dicho programa.

De hecho, una vez el empleado informa que quiere acogerse a ese «beneficio» no tiene marcha atrás,  por lo que es importante que éstos se orienten bien antes de dar el primer paso.

Es usual que en momentos en que se acerca el año electoral, se aprueben ventanas de Retiro para los empleados públicos,  aunque en este caso serían las agencias y no Retiro, quienes tendrán la responsabilidad de hacer los pagos.

¿Qué pasaría si a un legislador o gobernador el futuro se le ocurre  otra ley para reducir gastos e incluye en la misma eliminar este programa o reducir significativamente los incentivos que le ofrecieron a los empleados públicos? ¿Qué garantía tiene el empleado que los efectos de esta Ley quedarán intactos?

¿Que esconde este proyecto?  Estas, y otras preguntas deben hacerla los empleados públicos antes de decir sí, no vaya a ser que los muñequitos cambien a la mitad del camino.

No pretendo ser «ave de mal agüero» ni nada que se parezca,  sin embargo como líderes tenemos la responsabilidad de orientar e informar correctamente,  tomando en cuenta los aciertos y desaciertos de las propuestas gubernamentales hacia los trabajadores.

Como ésta ley, a pesar que tendría vigencia inmediata, tiene una disposición que dice que una vez se le notifique al empleado de que cualifica, éste tendrá 30 días para decidirse, es importante que cada uno de los que cumplen los requisitos acuda a orientarse bien antes de tomar cualquier determinación. Recuerden que una vez dicen «sí» no hay marcha atrás.

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