
Un agente de Aduana en medio del proceso de revisión durante la llegada de pasajeros internacionales (Suministrada CBP)
SAN JUAN: El Día de Acción de Gracias marca el comienzo de una intensa temporada de viajes, hacia destinos domésticos e internacionales, cuya duración se estima en 12 días y un flujo de sobre 27.3 millones de pasajeros.
Como preparación para los días pico de la temporada, el Negociado de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP, por sus siglas en inglés) emite un aviso para orientar al público de las regulaciones que deben conocer cuando regresen a un aeropuerto en Estados Unidos.
Los oficiales de CBP tienen la responsabilidad de inspeccionar pasajeros, equipaje y mercancías en los aeropuertos y puertos en cumplimiento con el ordenamiento federal de inmigración, aduanas y agricultura, sin necesidad de obtener una orden de registro por un tribunal.
“Los viajeros pueden mejorar su propia experiencia al estar preparados y conscientes de los requisitos a la hora de entrar a Estados Unidos y sus territorios”, indicó en declaraciones escritas Marcelino Borges, director de Operaciones de Campo de CBP en Puerto Rico e Islas Vírgenes.
Los turistas, ciudadanos estadounidenses y residentes legales pueden tomar medidas adicionales para afinar su proceso de llegada, familiarizándose con las reglas y regulaciones de Estados Unidos antes de partir para evitar posibles sanciones y multas a su regreso.
A su llegada a un puerto de entrada, los viajeros deben declarar lo siguiente:
- Los productos que se compran y se están transportando a su regreso a los Estados Unidos.
- Los productos comprados en tiendas libres de impuestos en aeropuertos, en el barco, o en el avión.
- Cualquier reparación o modificación a un artículo de valor que se adquirió en el extranjero y luego son traídos de vuelta, incluso si las reparaciones / alteraciones se llevaron a cabo de forma gratuita.
- Los productos que se trajeron a casa para regalo a otra persona.
- Los artículos que tienen la intención de vender o utilizar en su negocio, incluyendo la mercancía de negocio que usted sacó de los Estados Unidos para su viaje.
Requisitos para Visitantes a Estados Unidos
Se requiere que todos los ciudadanos cuyo país es parte del Programa de Exención de Visa (VWP, por sus siglas en inglés) que tramiten su autorización de entrada a través del Sistema Electrónico de Autorización de Viaje (ESTA, por sus siglas en inglés) antes de embarcarse para viajar por aire o por mar a los EE.UU. bajo el VWP. Las solicitud de ESTA se pueden realizar en cualquier momento antes del viaje, y una vez aprobado tendrá una vigencia de hasta dos años o hasta que el pasaporte del solicitante expire, lo que suceda primero. Las autorizaciones serán válidas para múltiples entradas a los Estados Unidos. CBP recomienda que las solicitudes ESTA se tramiten tan pronto como el solicitante comience a hacer sus planes de viaje.
Para obtener información adicional sobre los requisitos de documentación, se puede visitar: http://www.cbp.gov/travel/us-citizens/western-hemisphere-travel-initiative
Lista de Cotejo para viaje internacional
Declare todo lo que este trayendo del extranjero y el precio pagado por éstos, incluso si lo compró en una tienda libre de derechos arancelarios (Duty Free). Esta mercancía está sujeta a impuestos y otras restricciones en los Estados Unidos.
- Sea cauteloso cuando compre cualquier cosa de vendedores ambulantes. Tenga cuenta que la mercancía podría ser falsificada o poco segura, y que cabe la posibilidad de que Aduanas y Protección Fronteriza decomise la misma a su regreso. Conozca la diferencia entre mercancía prohibida (como marfil, productos de carey, hierbas medicinales y artículos falsificados) y mercancía restringida.
- Si viaja a Cuba conozca los cambios respecto a los productos de uso personal que podría traer.
- Tenga en cuenta que los artículos que compra en el extranjero para regalo o uso personal cumplen con los requisitos para la exoneración de aranceles. Si los está trayendo para re-venta, no están exonerados.
- Usted puede entrar o salir de territorio estadounidense con cualquier cantidad de divisas (dólares, euros o pesos dominicanos). Sin embargo, tiene que informar la cantidad en su posesión que en su totalidad ascienda a 10 mil dólares o más, mediante el formulario FinCen 105 (Currency Reporting Form). Las penalidades por no cumplir con esta regulación son severas.
- Tenga en cuenta que muchos medicamentos fabricados en el extranjero no están aprobados por la Administración de Drogas y Alimentos (FDA, por sus siglas en inglés) y no puede ingresarlos en Estados Unidos. Además, cuando viaje al extranjero, lleve consigo solamente la cantidad necesaria de medicamentos para la duración del viaje.
- No traiga ningún alimento a Estados Unidos sin verificar primero si está permitido. Por ejemplo, algunos productos derivados de la carne de cerdo o aves están prohibidos, como por ejemplo el salami, huevos, etc. Además, algunos productos para aves, caballos, ya sean para uso personal o comercial, pueden estar restringidos o prohibidos (antibióticos). Se recomienda que antes de traer cualquier producto agrícola, verifique que éste esté permitido.
- Comprenda que los oficiales de CBP pueden inspeccionarle a usted y sus pertenencias sin una orden de registro de acuerdo con el ordenamiento federal vigente. Esto puede incluir su equipaje, vehículo y persona.
- Antes de viajar, lea el folleto, Know Before You Go (lo que debe saber antes de viajar). Se puede pedir copias impresas en línea o ver la versión de Internet en http://www.cbp.gov/ y bajo la sección titulada Travel.