Depende del cristal con que se mire… Municipio de Cabo Rojo canta victoria en caso de las bolsas anaranjadas mientras que opositores afirman que el pleito sigue

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Por: Julio Víctor Ramírez, hijo

CABO ROJO: El Gobierno Municipal de Cabo Rojo difundió el lunes un comunicado de prensa en el que cita al alcalde Roberto Ramírez Kurtz indicando que el Tribunal de Apelaciones “denegó una segunda petición de interdicto y moción en auxilio de jurisdicción, incoada por dos ciudadanos que se oponen a la Iniciativa Naranja en Cabo Rojo que enfatiza y promueve el reciclaje, por lo cual continúa el pago del servicio de disposición de la basura mediante la compra de bolsas naranjas”.

En el parte, el alcalde Ramírez Kurtz dijo «que la propia Resolución del Tribunal Apelativo resalta que los peticionarios del interdicto no probaron ‘que exista circunstancia alguna, de naturaleza urgente, que requiera nuestra intervención inmediata. Únicamente argumentan que la Ordenanza Municipal Núm. 26 es ilegal y que se les se está ocasionando daños porque tienen que someterse a una ordenanza’ que ellos consideran nula y que supuestamente afecta sus derechos constitucionales».

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A juicio del alcalde caborrojeño, los jueces del Apelativo decidieron que “la alegación general y abstracta de los Peticionarios no es suficiente para ameritar nuestra intervención” en los procedimientos. “Continuaremos adelante, como hasta ahora, con la Iniciativa Naranja que constituye un sistema novedoso para el presente y futuro de Puerto Rico”, apuntó.

Sin embargo, entrevistado por LA CALLE Digital, el abogado caborrojeño, licenciado Martín Aguilar, tiene una visión distinta a la del alcalde Ramírez Kurtz, al asegurar que el comunicado emitido por el incumbente “es meramente un mecanismo para desalentar a los que nos oponemos a la Iniciativa Naranja. Es un show mediático para mitigar el daño que ha sufrido”.

“Lo que el Apelativo resuelve realmente es que va a dar oportunidad al Tribunal de Mayagüez a que se presente pruebas y haga su propia determinación. El caso no ha concluido. De la determinación final del Tribunal de Mayagüez la parte que no esté conforme, entonces puede ir al Tribunal Apelativo. Pero, sigo con mi fe en que a la larga triunfaremos”, apuntó Aguilar.

Según el letrado, el Municipio quiere agotar todos los remedios legales que en ley tiene y le puedan quedar, “para ver si cansa a los opositores”.

“Por lo menos YO, seguiré en pie de lucha”, concluyó.

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Rama Judicial operará bajo cierre parcial del 25 al 28 de julio

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SAN JUAN: El director administrativo de la Oficina de Administración de los Tribunales (OAT), Sigfrido Steidel Figueroa, informó que el lunes 24 de julio será día de cierre total, mientras que desde el martes 25 de julio al viernes 28 de julio, la Rama Judicial operará bajo cierre parcial. Esto cumpliendo con lo dispuesto en la Orden Administrativa OAJP-2016-011 y en la OAJP-2017-20 en las cuales se establecieron cierres parciales y cierres totales en los tribunales como una medida de control de gastos.

Como parte del plan de operaciones bajo cierre parcial, se mantendrán abiertos los trece centros judiciales del país, el Tribunal Supremo, el Tribunal de Apelaciones y la Oficina de Administración de los Tribunales. Las demás salas del Tribunal de Primera Instancia permanecerán cerradas. Los asuntos que deban presentarse en las salas que estén cerradas se recibirán en la Secretaría del centro judicial correspondiente.

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En un comunicado de prensa se indicó que tanto las Salas de Investigaciones de los centros judiciales como el Consorcio Judicial del Noreste, operarán en su horario regular durante el cierre parcial. No obstante, en el caso de la Sala de Investigaciones del Centro Judicial de Bayamón, la misma operará en el Centro Judicial de San Juan a partir de las 4:30 de la tarde del viernes, 21 de julio, hasta el martes, 25 de julio de 2017, en horario de 10:00 de la mañana a 1:30 de la madrugada del día siguiente.

Durante los días 26, 27 y 28 de julio de 2017, ambas salas operarán en su horario regular pero la Sala de Investigaciones de Bayamón atenderá todos los asuntos que surjan en la Región Judicial de San Juan en horario de 4:30 de la tarde a 1:30 de la madrugada, así como los días 29 y 30 de julio de 2017 en horario de 10:00 de la mañana a 1:30 de la madrugada.

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Steidel Figueroa explicó, además, que, para minimizar el impacto en la ciudadanía de trabajos necesarios para el buen funcionamiento de los centros judiciales, se aprovecharán estas fechas para hacer trabajos de mantenimiento sustanciales. A estos efectos, el Centro Judicial de Aguadilla permanecerá cerrado durante el martes, 25 de julio, para realizar mejoras a su planta física. No obstante, para minimizar el impacto que esto pueda causar, la Sala Municipal de Aguadilla prestará los servicios de Secretaría, dos Salas Superiores y la Sala Municipal.

Igualmente, el próximo jueves, 27 de julio, se estará asfaltando el estacionamiento de visitantes del Centro Judicial de Humacao. Para poder realizar dicho trabajo, el estacionamiento permanecerá cerrado todo el día. El público podrá utilizar los estacionamientos aledaños.

Apelativo da «luz verde» para enjuiciar de nuevo a Lutgardo Acevedo por la muerte de Félix Babilonia

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Foto de la ficha de convicto contable Lutgardo Acevedo López (Archivo)

SAN JUAN: El Tribunal de Apelaciones determinó el jueves que al convicto contable Lutgardo Acevedo López no le cobija la protección contra la doble exposición, por lo que el Ministerio Público no tiene impedimento para proseguir con el procesamiento criminal contra éste por la muerte del guardián de seguridad Félix Babilonia Valentín.

Acevedo López, quien cumple una condena por sobornar al también convicto exjuez Manuel Acevedo Hernández, que a su vez presidió el primer juicio sobre este caso, deberá responder por los delitos de homicidio negligente, manejar en estado de embriaguez y obstrucción a la autoridad.

En el primer proceso, el notorio contable salió absuelto luego de que le hiciera regalos y le pagara cuentas al juez Acevedo Hernández, por lo que ambos están presos.

El Apelativo resolvió que por causa del fraude perpetrado por Lutgardo Acevedo para lograr un fallo absolutorio en el procesamiento anterior que presidió Acevedo Hernández, se debe concluir que el contable Lutgardo “nunca estuvo efectivamente expuesto a un procesamiento criminal”.

El foro judicial destacó que antes de comenzar el juicio, ya Acevedo López “conocía que el resultado del procesamiento sería favorable” y concluyó que, “toda vez que el fallo absolutorio fue el resultado de fraude y negociación ilícita, se trata de un dictamen nulo que no impide un nuevo procesamiento por los mismos hechos”.01-27-16 aquaviva moises

En su sentencia el Tribunal Apelativo sostiene que “la protección contra la doble exposición, como todo derecho individual, no es absoluta ni opera mecánicamente. Por lo tanto, es lógico colegir que una absolución fraudulenta, como resultado del contubernio entre el acusado y el juez, constituye una excepción válida para que el Estado pueda encausar a un acusado por la misma ofensa, sin que se active la protección constitucional contra la doble exposición”.

Este caso ha costado la encarcelación de un juez y el puesto a dos fiscales.

A Lutgardo Acevedo se le imputa provocar un accidente en el que murió Babilonia Valentín, quien residía en Aguadilla.

El informe original del oficial de prensa Juan Bautista Ayala Soto, que la colisión tuvo lugar sábado 30 de junio de 2012, a las 8:45 de la noche, en la carretera 110, kilómetro 14.3 en el sector La Sierra del barrio Pueblo de Moca.

Acevedo López manejaba un BMW del 2011, cuando invadió el carril contrario por donde circulaba el vehículo Toyota del ‘99, guiado por el infortunado Babilonia Valentín, impactándolo de frente. Como secuela del choque, la víctima sufrió heridas y traumas múltiples que le provocaron la muerte en el sitio del accidente.

Aunque el joven Acevedo López no resultó con lesiones de cuidado, las autoridades señalan que se negó a hacerse la prueba para detectar presencia de alcohol en el organismo, entonces aconsejado por el hoy exfiscal Edwin López Pérez.

El resto es historia.

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Apelativo deniega petición de desestimación contra Lutgardo Acevedo por la muerte de Félix Babilonia en Moca

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Foto de la ficha del convicto contable Lutgardo Acevedo López (Suministrada Policía).

SAN JUAN: El Tribunal de Apelaciones denegó el jueves la petición de la defensa de Lutgardo Acevedo López para que se desestimaran los cargos por homicidio negligente y otro cargo por obstrucción a la autoridad que pesan en su contra por hechos ocurridos en 2012, cuando este conducía a exceso de velocidad y bajo los efectos del alcohol e impactó el vehículo del oficial de seguridad, Félix Babilonia Valentín, provocándole la muerte.

La determinación avala la decisión tomada por el Tribunal de Primera Instancia al encontrar causa en los cargos radicados por el Ministerio Público el pasado 24 de marzo, iniciando un proceso criminal nuevo.

En un comunicado de prensa, el Departamento de Justicia informó que el Tribunal destacó el hecho de que el peticionario se haya allanado a la determinación de causa para arresto por los delitos imputados y en ese momento no invocó la protección constitucional contra la doble exposición.

Sobre las alegaciones de la defensa acerca de la posibilidad de fraude en el proceso criminal anterior, el Tribunal resolvió que el imputado omitió en su análisis que “si el caso previo terminó con un fallo absolutorio fraudulento, ese proceso judicial de naturaleza criminal no tuvo ni tiene ningún valor redimible en nuestro sistema de derecho”.aquaviva viernes 3 julio

Acevedo López también enfrenta un cargo menos grave por el artículo 7.01 de la Ley 22 de Tránsito, y se expone a una pena de hasta 15 años por el cargo grave de homicidio negligente.

El contable Lutgardo Acevedo López volverá a enfrentar la justicia por homicidio negligente ya que, aunque la Constitución dispone que un ciudadano no puede estar expuesto a ser juzgado dos veces por los mismos hechos, existe jurisprudencia en el Séptimo Circuito del Tribunal de Apelaciones de los Estados Unidos que establece que aquel sujeto que soborna a un juez, como en este caso al convicto Manuel Acevedo Hernández, y predispone el resultado de un juicio, se considera que nunca estuvo verdaderamente expuesto a ser juzgado ni a enfrenar una sentencia por esos hechos.

Apelativo confirma convicción por actos lascivos contra exalcalde de Cidra «Wiso» Malavé

El convicto exalcalde de Cidra, Angel "Wiso" Malavé (Archivo).

El convicto exalcalde de Cidra, Angel «Wiso» Malavé (Archivo).

SAN JUAN: El Tribunal de Apelaciones confirmó la sentencia que el Tribunal de Primera Instancia dictó en el 2013 contra el convicto exalcalde de Cidra, Angel “Wiso” Malavé Zayas, quien cumple una condena de nueve años, tras ser hallado culpable por delitos de actos lascivos contra cinco empleadas de la Administración Municipal cidreña.

“Forzoso en concluir que el Ministerio Público probó en todas y cada una de las acusaciones que el apelante (Malavé) cometió los delitos de actos lascivos. Al apelante no se le violó su derecho a un juicio justo e imparcial. En este caso, no tenemos duda alguna de que el Estado probó su caso más allá de duda razonable. En ausencia de pasión, prejuicio, parcialidad o error manifiesto, estamos impedidos de intervenir con la apreciación de la prueba del Jurado que tuvo la oportunidad de escuchar y ver a los testigos declarar. La norma de deferencia a la apreciación de la prueba por parte del Jurado en este caso es debida”, indicó el panel apelativo en su sentencia, que fue certificada por la secretaria del Tribunal, la licenciada Dimarie Alicea Lozada.

El panel de jueces estuvo compuesto las juezas Aleida Varona Méndez, María del Carmen Gómez Córdova y Mirinda Vicenty Nazario. La juez ponente en la sentencia apelativa lo fue la jueza Vicenty Nazario.

Según la sentencia del Tribunal de Primera Instancia, el exalcalde Malavé Zayas debe cumplir una condena de nueve años, siete meses y nueve días. De esta sentencia, Malavé tenía que estar un año en restricción domiciliaria y el resto del tiempo bajo el sistema de libertad a prueba.

“Durante el juicio se desfiló evidencia directa contra el apelante. Los testimonios de las víctimas (…) fueron explícitos, contundentes y detallados en cuanto a los actos de contacto carnal que les realizó el apelante. Si bien es cierto que las perjudicadas tardaron mucho tiempo en informar lo sucedido, no podemos perder de perspectiva que el victimario era el líder máximo de su lugar de trabajo, el alcalde del Municipio de Cidra. Todas sintieron temor y vergüenza al analizar lo que les había sucedido”, señala otra parte de la sentencia.