Revés definitivo a intentos del Rector del RUM para evitar protestas frente a portones del Colegio (Documento)

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MAYAGÜEZ: El Tribunal Supremo de Puerto Rico declaró “no ha lugar” la petición del Recinto Universitario de Mayagüez de la Universidad de Puerto Rico (RUM) y sostuvo la determinación del Tribunal de Apelaciones de revocar la sentencia del Tribunal de Primera Instancia de Mayagüez y ordenar la desestimación de la demanda instada por el RUM contra la Federación Laborista de Empleados Universitarios del RUM (FLEURUM).

La acción del RUM y de su rector Agustín Rullán Toro buscaba impedir que la FLEURUM cerrara los portones del recinto durante sus manifestaciones sindicales, paros y/o huelgas.

“El rector volvió a malgastar fondos del recinto en abogados. Esta vez botó miles de dólares en abogados y acudió al Tribunal Supremo para que se revocara la decisión del Tribunal Apelativo que, a su vez, desestimó el injunction que emitiera la juez de Mayagüez, Isabel Padilla Zapata, en la que nos prohibió hacer paros de portones so pena de desacatos. No solo prevalecimos en cuanto a que defendimos el derecho a la huelga y a la libertad de expresión. También le dimos una lección al rector que se creía que puede radicar casos en los tribunales por cuenta propia”, expresó el sindicato en una comunicación circulada el lunes a la comunidad universitaria.

Según la FLEURUM, el Tribunal de Apelaciones, y ahora el Supremo “le ha dejado claro (a Rullán Toro) que no tiene capacidad jurídica para ir a los tribunales, ya que ese poder está delegado en ley solamente a la presidencia de la UPR”.

En octubre de 2022, el Tribunal de Primera Instancia de Mayagüez le ordenó a la FLEURUM “y a cada uno de los miembros que la componen, que cese y desista de cerrar y bloquear de forma alguna cualquiera de los ocho portones del campus del Recinto Universitario de Mayagüez”, al declarar con lugar un recurso de “injunction” incoado por el rector Agustín Rullán Toro.

Esa sentencia quedó revocada y sin ningún efecto.