Por: Lcda. Yeidi N. Vélez Acevedo
Abogada-Notario
¡Saludos Amigos! Son muchos los que se han visto afectados por la economía de hoy día, hasta el punto de no poder pagar su hipoteca. Conociendo que la residencia principal es una de las cosas más importantes de nuestro diario vivir, es que se crea la Ley 184 del 17 de agosto de 2012, mejor conocida como la Ley para Mediación Compulsoria y Preservación de tu Hogar en los procesos de Ejecuciones de Hipoteca de una Vivienda Principal.
La escasez de recursos económicos en Puerto Rico ha ocasionado que muchos dueños de viviendas, le hayan ejecutado su vivienda por parte de la entidad bancaria o crediticia que ostenta el préstamo hipotecario sobre dicha propiedad. La crisis económica en Puerto Rico ha afectado grandemente a los ciudadanos, quienes se han visto privados de su derecho propietario de poder tener su residencia propia. Entiéndase bajo esta ley, que la residencia principal es aquella que se usa como hogar principal, no “segunda residencia” y que para fines de contribuciones sobre bienes inmuebles es la primera residencia o aquella que gozaría de aplicar de una exención contributiva.
La gran mayoría de los préstamos hipotecarios contienen cláusulas de aceleración y otros procesos para asegurar la acreencia por parte del acreedor hipotecario. Muchas de estas claúsulas y procesos son muy complicados y resultan difícil de entender para las personas afectadas.
Considerando todos estos factores, la administración del Presidente Barack Obama creó el programa “The Making Home Affordable Program” para así ayudar a aquellos deudores hipotecarios a poder refinanciar o modificar sus préstamos mediante los siguientes programas:
- “Home Affordable Refinance Program”- este programa ofrece refinanciamiento a intereses más bajos a aquellos dueños de viviendas con préstamos garantizados por Fannie Mae o Freddie Mac, incluyendo aquellos que deban hasta un poco más del valor real de su vivienda;
- “Home Affordable Modification Program”- este programa ofrece a aquellos deudores hipotecarios el proveerle incentivos al modificar sus préstamos, reduciendo el interés del préstamo, extendiendo el tiempo del mismo o reduciendo los pagos de la hipoteca de la propiedad hasta un 35% del ingreso bruto.
Tanto el Gobierno Federal como el Estatal, deben de colaborar y buscar alternativas que logren disminuir los procesos de ejecución de hipotecas y evitar al máximo posible que nuestros ciudadanos sigan perdiendo sus propiedades. Hay muchas alternativas las cuales son ignoradas por muchos.
Este proceso de mediación entra en vigor una vez hay un caso de ejecución de hipoteca radicado en el Tribunal. Una vez la parte demandada radique su contestación a la demanda, el juez referirá el caso a una mediación con el acreedor hipotecario. Es muy importante que el demandado radique su primera alegación responsiva o sea la contestación a la demanda dentro del término provisto una vez emplazado. Sin esto, el juez a cargo del caso, no enviará el caso a una mediación con la institución financiera y el caso seguirá su curso. Una vez se comienza este proceso se evaluarán todas las alternativas para así proveerle la más beneficiosa al deudor hipotecario. Es muy importante que el deudor o sea el demandado asista a esta mediación porque de no cumplir con el acuerdo alcanzado con el acreedor hipotecario como resultado del proceso de mediación o de no asistir a la mediación, la institución financiera actuará de la forma acordada en el contrato o pagaré efectuado el día de la transacción original.
Así que, si se encuentra en una situación como ésta, lo más importante es que busque ayuda y asesoramiento ya que existen diferentes alternativas que pueden ayudarlo a quedarse con su residencia. Cualquier duda o pregunta se pueden comunicar al 787-849-1402. ¡Hasta la Próxima!
(La Lcda. Vélez Acevedo tiene oficina al costado de la Basílica Nuestra Sra. De la Monserrate en Hormigueros)