MAYAGÜEZ: La coordinadora de Calidad de Vida del Recinto Universitario de Mayagüez (RUM) de la Universidad de Puerto Rico, doctora Gloribell Ortiz Ríos, circuló el jueves una carta a toda la comunidad universitaria en la que se reitera la vigencia en todos los espacios del campus de la Ley 40-1993, que expresamente prohíbe fumar en instituciones educativas, edificios públicos y espacios laborales.
“Recordamos que nuestra institución promueve un campus libre de humo”, reza parte de la comunicación.
La prohibición incluye cigarrillos tradicionales, electrónicos, “vapes” y “hookahs”; y su uso, según enfatizó la doctora Ortiz Ríos, puede conllevar multas de entre $250 y $2 mil, haciendo referencia al Reglamento 8169.
¿Qué alcance tiene la Ley 40-1993?
Lugares prohibidos: La ley prohíbe fumar en áreas interiores de edificios públicos, incluyendo ascensores y áreas recreativas, así como en lugares de trabajo cerrados y centros de enseñanza.
Proximidad a edificios: También prohíbe fumar a menos de 25 pies de las entradas y salidas de edificios públicos.
Espacios designados: La ley permite la existencia de áreas designadas para fumadores en ciertos establecimientos, pero estas áreas deben ser aisladas y cumplir con los requisitos establecidos.
Vehículos privados: La ley prohíbe fumar en vehículos privados cuando transportan menores en asientos protectores o menores de 13 años.
Penalidades: La ley establece multas para quienes violen las disposiciones sobre fumar.
















