REDACCIÓN: En representación de los socios gerenciales de la Asociación de Empleados Gerenciales de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados (AEG-AAA) denunciaron públicamente que el sector gerencial de carrera no recibe un aumento salarial desde 2012.
Desde esa fecha el costo de vida en términos del poder adquisitivo ha aumentado un 24 por ciento en promedio y las proyecciones son similares para los próximos años.
Al mismo tiempo, se unieron al reclamo de los afiliados de la Unión Independiente Auténtica de empleados de la AAA (UIA-AAA) de un sueldo justo para todos los trabajadores de esa corporación pública.
“Como empleados gerenciales de carrera desempeñaremos a cabalidad nuestras funciones para mantener la continuidad de las operaciones y el servicio que prestamos al pueblo de Puerto Rico. Respetaremos el derecho de nuestros compañeros a la negociación colectiva en cumplimiento con sus respectivos convenios colectivos, la Constitución y las leyes vigentes. A tales efectos, nosotros no tenemos derecho a la negociación colectiva. La Ley 134, nos faculta para procurar mediante el diálogo con la alta gerencia de la AAA el mejoramiento de las condiciones laborales y económicas de sus afiliados y la discusión de alternativas para mejorar la eficiencia en la prestación de servicios a los clientes residenciales y comerciales. Procuraremos con la Junta de Gobierno de la AAA y la alta gerencia de la AAA, el mejoramiento de nuestras condiciones salariales y la otorgación de una compensación económica justa por los 10 años sin aumento salarial; basada en el aumento del costo de vida”, explicó Luis Rafael Castillo Guzmán, presidente de la AEG-AAA.
La AEG-AAA solicitó mediante carta a la alta gerencia de la AAA, el pasado 30 de marzo, la restitución de sus derechos adquiridos sobre los beneficios marginales reducidos injustamente por la Ley 26-2017, un plan médico que garantice la salud física y emocional de sus asociados; la revisión y actualización del Reglamento de Recursos Humanos, el Reglamento de Normas de Conducta y Medidas Disciplinarias, el Reglamento de Jornada de Trabajo y Asistencia, el Reglamento de Reembolso de Gastos de Dieta y Millaje; y la garantía de que se establezcan los diferenciales salariales necesarios entre los empleados exentos y no exentos.