Por: Lcda. Aileen Ramos Rivera BS, MT (ASCP), dueña del Laboratorio Clínico Génesis
El proyecto del Senado 258 propone a las farmacias, a través de las funciones del farmacéutico, monitorear e interpretar clínicamente In farmacoterapia, realizando pruebas de laboratorio de discernimiento que se conocen como pruebas “Waived”.
Esto genera preocupación en cuanto a la calidad de los resultados obtenidos. Las pruebas que se incluyen son influenza, Covid-19, glucosa y colesterol, entre otras.
La oposición a este proyecto es clara, ya que la realización de las pruebas diagnósticas debe ser por personal con el peritaje adecuado ya que, de no ser así, se pueden comprometer la exactitud de Ias pruebas y poner en riesgo la salud de los pacientes.
Las pruebas de laboratorio deben realizarse donde se encuentra el personal capacitado para ello, en el laboratorio clínico, no en una farmacia. La Ley 167 y la Ley 97 de Puerto Rico establecen que solo los tecnólogos médicos autorizados por la Junta Examinadora de Tecnólogos Médicos de Puerto Rico, en laboratorios clínicos debidamente autorizados, certificados y licenciados por el Departamento de Salud de Puerto Rico, están autorizados para llevar a cabo pruebas de análisis clínicos, sin importar la complejidad de las pruebas.
En Puerto Rico existen más de 900 laboratorios clínicos certificados para la realización de pruebas. Estos laboratorios están protegidos por las leyes estatales (Reglamento 120) y federales (CUA: Clinical Laboratory Improvement Amendments).
Lo que se quiere establecer con esta Ley es una semejanza a las farmacias en Estados Unidos, ya que los laboratorios clínicos se encuentran distantes unos de otros y hace más accesible las pruebas a los pacientes. En Puerto Rico esto no ocurre ya que en cada pueblo existen varios laboratorios y los pacientes no tienen la necesidad de recurrir a las farmacias a hacerse pruebas de laboratorio.
Entiendo que las pruebas de laboratorio deben de realizarse en el laboratorio y que el medico es el responsable del diagnóstico de las condiciones del paciente con los resultados realizados en laboratorios certificados y por profesionales que están debidamente adiestrados para el manejo de pruebas.
Las farmacias no cuentan con el personal para realizar las pruebas de cernimiento y esto puede ocasionar un problema de salud.
Actualmente existe una oposición contundente de la Cooperativa de Dueños de Laboratorios, La Asociación de Laboratorios Clínicos Privados, el Colegio de Tecnólogos Médicos de Puerto Rico y el Colegio de Médicos y Cirujanos.
Esto da a entender claramente que las pruebas de laboratorios NO deben ser procesadas en las farmacias y que cada proveedor de servicio debe dedicarse a su especialidad… El laboratorio realiza las pruebas y la farmacia despacha los medicamentos.
Nota de Redacción: A principios de esta semana, el presidente del Senado, José Luis Dalmau, no quiso precisar cuándo sería llevado a votación el proyecto que enmendaría la Ley de Farmacia de Puerto Rico, pero reafirmó que eliminará de la medida el lenguaje que permitiría a estos establecimientos realizar pruebas de laboratorio, asunto que ha sido ficha de tranque para la consideración de la pieza.